¡Ya es una realidad! Se ha publicado la nueva ley que modifica el peso máximo en manejo manual de cargas

21 de septiembre de 2016

Las sábanas del Diario Oficial de este 17 de septiembre publicaron lo que muchos esperaban que fuese realidad.
A partir de ahora, ningún trabajador podrá llevar una carga de forma manual, que supere los 25 kgs.


Se trata de la ley 20949, del 17 de septiembre del 2016, que MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA REDUCIR EL PESO DE LAS CARGAS DE MANIPULACIÓN MANUAL

La nueva Ley dice así:

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los Honorables senadores señores, Andrés Allamand Zavala, Hernán Larraín Fernández, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes y Jaime Orpis Bouchon,

     Proyecto de ley:

     "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código del Trabajo:
    
     1. Sustitúyese el artículo 211-H por el siguiente:
    
     "Artículo 211-H.- Si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 25 kilogramos. Esta carga será modificada en la medida que existan otros factores agravantes, caso en el cual, la manipulación deberá efectuarse en conformidad a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 63, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del año 2005, que aprueba reglamento para la aplicación de la ley Nº 20.001, que regula el peso máximo de carga humana, y en la Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga.".
    
     2. Reemplázase el artículo 211-J por el que sigue:
    
     "Artículo 211-J.- Los menores de 18 años y las mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar ni empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a 20 kilogramos. Para estos trabajadores, el empleador deberá implementar medidas de seguridad y mitigación, tales como rotación de trabajadores, disminución de las alturas de levantamiento o aumento de la frecuencia con que se manipula la carga. El detalle de la implementación de dichas medidas estará contenido en la Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga.".


 

    
     Artículo transitorio.- Las modificaciones introducidas en el Código del Trabajo por la presente ley entrarán en vigencia un año después de su publicación en el Diario Oficial.".


 

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    
     Santiago, 12 de septiembre de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Ximena Rincón González, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
    
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Francisco Javier Díaz Verdugo, Subsecretario del Trabajo.

 

Cabe recordar que la plataforma cuenta con una videolección referida al manejo manual de cargas, y su contenido es aplicable a esta modificación.

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